Saturday, September 19, 2015

Las nuevas normas de la Administración Obama sobre Cuba, en detalle

Las nuevas normas de la Administración Obama sobre Cuba, en detalle
Estados Unidos anunció este viernes la remoción de numerosas
restricciones legales al comercio bilateral con Cuba, los viajes y la
operación de empresas estadounidenses, así como la eliminación de
límites a determinados tipos de remesas de dinero.
septiembre 18, 2015

Altos funcionarios de la Casa Blanca y los Departamentos del Tesoro y de
Comercio presentaron este viernes, en una sesión informativa telefónica
con la prensa, nuevas modificaciones normativas destinadas a continuar
flexibilizando las sanciones estadounidenses vigentes en relación con Cuba.

Las enmiendas y adiciones a las Regulaciones de Control de Activos
Cubanos (CACR) y el Reglamento de Administración de Exportaciones (EAR)
consolidan los cambios puestos en marcha por los Departamentos del
Tesoro y Comercio el 16 de enero de 2015 y la nueva dirección en las
relaciones entre Estados Unidos y Cuba que el presidente Obama anunció
en diciembre pasado. Este es un resumen de las novedades, que puedes
leer completas en este documento.

Viajes

A fin de facilitar los viajes y el comercio autorizados, incrementar los
contactos entre estadounidenses y cubanos y apoyar a la sociedad civil
en Cuba:

• Se permite bajo una licencia general el transporte marítimo de
viajeros bajo las categorías autorizadas, solo entre Estados Unidos y
Cuba y sin escalas en terceros países. Se autorizan asimismo ciertos
servicios relativos al alojamiento, a bordo de las embarcaciones
utilizadas para estos viajes.

• Bajo una licencia de excepción que cubre a aeronaves, embarcaciones y
naves espaciales (AVS) se autorizarán viajes temporales a Cuba de
ciertas categorías de embarcaciones y aeronaves. Pueden ser amparadas
por ese permiso las embarcaciones y aeronaves fletadas para transporte
de bienes, pasajeros y/o bienes; y las embarcaciones y aeronaves
recreativas utilizadas conforme a las categorías autorizadas por el
Departamento del Tesoro.

• Bajo dicha licencia AVS se autoriza a las aeronaves en viajes
temporales a permanecer en Cuba hasta 7 días consecutivos, y hasta 14
días consecutivos a las embarcaciones en viajes temporales.

• A los familiares cercanos de viajeros autorizados se les permite
visitar Cuba o acompañar a sus parientes en ciertas actividades
adicionales a las anunciadas en enero por la Oficina de Control de
Activos Extranjeros de la Tesorería. Si, entonces, la OFAC permitió a
los familiares cercanos de viajeros autorizados participar en visitas
relacionadas con asuntos oficiales de gobierno y ciertas actividades
educativas, ahora se les permite participar con ellos en otras también
de carácter educativo, así como periodístico, religioso o relacionado
con investigaciones profesionales, o en actividades vinculadas a
proyectos humanitarios, fundaciones privadas o ciertas instituciones
investigativas y educacionales.

Se define a estos efectos como familiar cercano a los emparentados por
lazos consanguíneos, matrimonio o adopción, no más allá de tres
generaciones de diferencia con la persona en cuestión o un antepasado común.

• A todos los viajeros autorizados se les permite abrir y mantener
cuentas bancarias en Cuba a fin de que puedan acceder a fondos para
sufragar transacciones autorizadas mientras se encuentren en Cuba.

Servicios de telecomunicaciones y basados en internet

A fin de fortalecer el libre flujo de información hacia, desde y dentro
de Cuba, y de proveer de una manera mejor los servicios de
telecomunicaciones eficientes y adecuados entre Estados Unidos y Cuba:

• Se permite a las personas bajo jurisdicción estadounidense establecer
una presencia empresarial en Cuba, incluidas empresas mixtas con
entidades cubanas, a fin de proveer ciertos servicios de
telecomunicaciones e internet, así como participar en acuerdos a fin de
obtener licencias relacionadas con dichos servicios, y comercializa
dichos servicios.

• Se permite a las personas bajo jurisdicción estadounidense importar a
Estados Unidos aplicaciones de origen cubano para teléfonos móviles, así
como contratar a ciudadanos cubanos para desarrollarlas.

• Una autorización existente para la prestación de servicios
relacionados con ciertos dispositivos de comunicaciones de consumo
exportados a Cuba se amplía para autorizar servicios relacionados con
otros tipos de artículos autorizados por el Departamento de Comercio, y
para añadir el entrenamiento relacionado con la instalación, reparación
o sustitución de dichos dispositivos.

• La Licencia de Excepción a Dispositivos de Comunicaciones para uso del
Consumidor (CCD) ya no se limita a ventas o donaciones. Este cambio a la
Licencia de Excepción CCD tiene por objeto apoyar otros tipos de
transacciones, tales como arrendamientos y préstamos de artículos
autorizados para su empleo por los usuarios autorizados.

Transacciones comerciales y financieras

Con el fin de reenfocar las sanciones de modo que no impidan hacer
transacciones cotidianas a personas individuales cubanas que se
encuentran fuera de Cuba:

• Se permite a todas las personas bajo jurisdicción estadounidense
proveer bienes y servicios a ciudadanos cubanos individuales que se
encuentren fuera de Cuba, siempre que ello no incluya la exportación
comercial de bienes o servicios hacia o desde Cuba.

• Las instituciones bancarias podrán abrir y mantener cuentas de
individuos cubanos para que el nacional cubano las use mientras se
encuentra fuera de Cuba, y cerrar dichas cuentas.

Presencia física y operaciones en Cuba

A fin de facilitar ciertas actividades autorizadas que involucran a Cuba:

• A las personas bajo jurisdicción estadounidense que participan en las
siguientes categorías de actividades autorizadas se les permitirá
establecer y mantener en Cuba una presencia física, tal como una
oficina, punto de venta minorista o almacén; corresponsalías de
noticias; exportadores de determinados productos cuya exportación o
reexportación a Cuba ha sido autorizada por el Departamento de Comercio
y la OFAC, tales como:

Productos agropecuarios y materiales para la construcción o renovación
de edificios de propiedad privada; entidades que prestan servicios de
transmisión relacionados con correspondencia y paquetes, o determinados
servicios de transporte de carga; proveedores de servicios de
telecomunicaciones o basados en internet; entidades que se ocupan de
organizar o llevar a cabo actividades educativas; instituciones
religiosas; y los proveedores de servicios de viaje de operadores
establecidos, como también de ciertos otros servicios de viaje.

Estas personas y entidades también estarán autorizadas a emplear a
ciudadanos cubanos, abrir y mantener cuentas bancarias en Cuba y emplear
en Cuba a personas bajo jurisdicción estadounidense.

Apoyo al pueblo cubano

A fin de mejorar las condiciones de vida, fortalecer a la sociedad civil
y apoyar la actividad económica independiente del pueblo cubano:

• La Licencia de Excepción Apoyo al Pueblo Cubano (SCP) autorizará
ciertas exportaciones y reexportaciones de productos a Cuba para ser
empleados en establecer, mantener y operar una presencia física en Cuba.

Entre los amparados por dicha licencia se encuentran ciertas personas
que proveen servicios de telecomunicaciones o basados en internet; se
ocupan de establecer instalaciones de telecomunicaciones; proveen
servicios de viajes o transporte aéreo y marítimo; organizan o llevan a
cabo actividades educativas; o transportan bienes autorizados entre
Estados Unidos y Cuba.

• La Licencia de Excepción SCP ya no se limitará a las ventas y
donaciones. Este cambio a dicha licencia está diseñado para apoyar otros
tipos de transacciones, tales como arrendamientos y préstamos de
artículos elegibles, para su uso por los usuarios amparados por la licencia.

• Bajo la Licencia de Excepción SCP se autorizarán algunas
reexportaciones temporales desde el extranjero a Cuba siempre que los
artículos exportados estén destinados a fines científicos,
arqueológicos, culturales, ecológicos, educativos, de preservación
histórica, deportivos, o a investigaciones y reuniones profesionales
del viajero. Esta cláusula sólo beneficiaba anteriormente exportaciones
temporales por parte de personas que viajaran desde Estados Unidos

• Ciertos renglones de productos y programas digitales destinados al
desarrollo de software pueden ser exportados o reexportados a usuarios
amparados en por la Licencia de Excepción SCP.

• La Licencia de Excepción SCP autorizará exportaciones temporales y
reexportaciones a Cuba de categorías adicionales de artículos,
incluyendo ciertas herramientas utilizadas para instalar, dar servicio,
o reparar artículos; y ciertos productos y software para su exhibición o
demostración.

Remesas

A fin de empoderar al pueblo cubano con oportunidades de autoempleo, y
fortalecer a la vez a la sociedad civil:

• Se eliminan por completo los límites hasta ahora fijados en $2.000
trimestrales a las remesas donadas a ciudadanos cubanos, beneficio del
que están excluidos funcionarios del Gobierno y miembros del Partido
Comunista de Cuba. Igualmente se eliminan por completo los límites a las
remesas autorizadas que las personas pueden llevar a Cuba, previamente
fijados en $10.000 para las personas bajo la jurisdicción de Estados
Unidos y $3.000 para los ciudadanos cubanos.

• Se permite el desbloqueo y la devolución de remesas que habían sido
bloqueadas con anterioridad debido a que superaban los límites
periódicos aplicables, así como de ciertas transferencias de fondos
previamente bloqueadas.

• Las instituciones depositarias podrán mantener cuentas de ciertos
ciudadanos cubanos presentes en Estados Unidos bajo estatus de
no-inmigrantes y ya no estarán obligados a bloquear dichas cuentas si no
son cerradas antes de la partida de la persona de nacionalidad cubana.

El acceso a estas cuentas se limitará al tiempo que el nacional cubano
permanezca legalmente en Estados Unidos, aunque la cuenta podrá
permanecer abierta mientras dicha persona no se encuentre en Estados Unidos.

El límite mensual de $250 en pagos deducidos de cuentas previamente
bloqueadas a nombre de ciudadanos cubanos será eliminado para permitir
de manera más adecuada el acceso a dichos fondos para gastos de
subsistencia.

• Las remesas enviadas desde Cuba o por ciudadanos cubanos en terceros
países a Estados Unidos serán autorizadas bajo una licencia general y a
las instituciones financieras se les permitirá prestar servicios
relacionados.

• Una licencia general ampliada también autorizará remesas adicionales a
ciudadanos cubanos en relación con la administración de patrimonios.
Esta disposición complementa otra licencia general que autoriza todas
las operaciones inherentes a la administración y distribución de los
bienes patrimoniales en los que un nacional cubano tenga intereses.

Servicios legales

A fin de actualizar las normas vigentes relativas a servicios legales:

• La licencia general existente de la OFAC que autoriza la prestación de
determinados servicios legales a Cuba y a ciudadanos cubanos se ampliará
para permitir que se reciban pagos por dichos servicios. Se aplicarán
ciertas limitaciones, en relación con pagos hechos por funcionarios del
Gobierno cubano o dirigentes del Partido Comunista de Cuba. Además, una
nueva licencia general autorizará a las personas bajo jurisdicción
estadounidense a recibir y hacer pagos por ciertos servicios legales
prestados por Cuba o ciudadanos cubanos.

Seguridad de la aviación civil

A fin de apoyar la seguridad de la aviación civil y los pasajeros:

• Una política de revisión caso por caso se aplicará a las solicitudes
de licencias para la exportación y reexportación a Cuba de artículos
destinados a ayudar a garantizar la seguridad de la aviación civil y la
operación segura de aeronaves comerciales de pasajeros. Los artículos
que deben revisarse conforme a esta política incluyen: piezas y
componentes de aeronaves; software y tecnología relacionada con la
seguridad de los vuelos, equipos relacionados con el control de tráfico
aéreo, las comunicaciones de la aviación, y el estado del tiempo;
equipos de seguridad aeroportuaria; y dispositivos utilizados para el
control de seguridad a pasajeros y equipaje.

Importaciones de regalos

Con el fin de permitir ciertos regalos:

• Se autorizará el envío a Estados Unidos de mercancías importadas de
Cuba, o de origen cubano y adquiridas en un tercer país, bajo la
categoría de regalos, excluyendo productos de alcohol y tabaco, siempre
que la mercancía no sea llevada por un viajero, su valor sea de no más
de $100, y el tipo y cantidad del artículo correspondan a los que
normalmente se ofrecen como un regalo.

Actividades educativas

A fin de incrementar los contactos entre estadounidenses y cubanos y
fortalecer el libre flujo de información hacia, desde y dentro de Cuba:

• Bajo una licencia general ampliada, se autorizarán actividades
educativas adicionales en las que estén implicadas Cuba y ciudadanos
cubanos, incluyendo la prestación de servicios estandarizados de
exámenes y cursos en internet.

• También se autorizarán los intercambios académicos y las
investigaciones académicas conjuntas sin fines comerciales con
universidades o instituciones académicas en Cuba.

• Se autorizarán, asimismo, las transacciones relacionadas con viajes en
conexión con estas actividades.

Transacciones inherentes ordinarias

A fin de aclarar los límites de las transacciones autorizadas.

La OFAC aclara que las regulaciones vigentes sobre sanciones a Cuba
permiten la mayoría de las transacciones ordinariamente inherentes y
necesarias para efectuar una transacción autorizada. Por ejemplo, se
permite efectuar ciertos pagos relativos a transacciones autorizadas
utilizando plataformas de pago online.

Ambulancias aéreas y servicios médicos de urgencia

A fin de facilitar el acceso a servicios médicos de urgencia

• Se autorizará bajo una licencia general la provisión de ambulancias
aéreas y otros servicios médicos de urgencia a viajeros en Cuba, y una
licencia general aclarará que está autorizada la prestación de servicios
médicos de urgencia imprevistos a nacionales cubanos en Estados Unidos.

Proyectos humanitarios

A fin de facilitar el auxilio al pueblo cubano en momentos de necesidad,
y de preservar la historia de Cuba:

• La licencia general que autoriza las transacciones relacionadas con
proyectos humanitarios específicos se ampliará para incluir el socorro
en casos de desastre y la conservación histórica.

Apoyo a las relaciones diplomáticas

A fin de apoyar el restablecimiento de las relaciones diplomáticas con
Cuba de conformidad con el anuncio del Presidente:

• La OFAC está ampliando la licencia general que autoriza las
transacciones relacionadas con misiones oficiales de Cuba a Estados
Unidos para incluir transferencias internacionales de fondos.

Source: Las nuevas normas de la Administración Obama sobre Cuba, en
detalle -
http://www.martinoticias.com/content/las-nuevas-normas-de-la-administracion-obama-sobre-cuba-en-detalle/104677.html

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