Agricultura
El Decreto-Ley 300 tampoco hará producir la tierra
Dimas Castellanos
La Habana 12-12-2012 - 8:30 am.
Sigue en pie la contradicción de aspirar al crecimiento mientras se
evita la formación de un empresariado nacional.
Acaba de entrar en vigor el Decreto-Ley 300, mediante el cual se
autoriza la entrega de tierras estatales ociosas en concepto de
usufructo. La nueva medida deroga al Decreto-Ley 259 de julio de 2008,
cuyos irrisorios resultados condujo a su derogación por el Consejo de
Estado.
A juzgar por los criterios oficiales aparecidos en la prensa, ahora sí
se hará producir la tierra. Entre otros, el director jurídico del
Ministerio de la Agricultura aseguró que el nuevo Decreto-Ley
"consolidará el proceso de entrega de tierras ociosas y garantizará la
continuidad y sostenibilidad en su explotación"; mientras el director
del Centro Nacional de Control de la Tierra, del mismo organismo,
consideró que su aplicación "posibilitará incrementar la producción de
alimentos". Esas valoraciones triunfalistas no tienen en cuenta la
relación existente del reciente Decreto-Ley con los antecedentes del
problema agrario en el país, especialmente con lo relativo a la tenencia
de la tierra y su eficiente explotación.
La propiedad agraria en Cuba sufrió un giro considerable en detrimento
de los pequeños y medianos productores con las decenas de miles de
desalojos ocurridos en el período comprendido entre la terminación de la
Guerra de Independencia de 1895 y la gran expansión azucarera de 1918 a
1924. El resultado de ese proceso lo reflejó el censo de 1946, en el
cual de 142.385 campesinos que había en el país con 5 o menos
caballerías —que representaba el 24% de la tierra cultivable—, sólo
48.000 eran propietarios; mientras el restante 76% de la tierra estaba
concentrado en manos de grandes propietarios nacionales y empresas
extranjeras. Con esa distribución, los grandes propietarios no estaban
interesados en la explotación intensiva, mientras los casi cien mil
arrendatarios, subarrendatarios, apareceros y precaristas, no estaban
dispuestos a hacer producir eficientemente una tierra que no era de su
propiedad.
Con la Revolución de 1959, el Estado socialista monopolizó la propiedad
agraria e implantó la planificación centralizada. Esos dos factores,
propiedad y planificación, explican que medio siglo después, a pesar de
las diversas medidas aplicadas, más de 1/3 de la tierra concentrada en
los latifundios estatales permaneció y/o devino ociosa.
Después de múltiples fracasos en el intento de hacer producir las
tierras del Estado, en el año 2008 se promulgó el Decreto-Ley 259,
mediante el cual se entregaron 1.523.000 hectáreas de esas tierras (una
parte considerable de las cuales permanece sin producir). Sin embargo,
esa norma jurídica ignoró las principales causas de la ineficiencia
productiva y, en consecuencia, fracasó en su objetivo de elevar la
producción agrícola.
A pesar de esa experiencia, los Lineamientos de la Política Económica y
Social, aprobados por el VI Congreso del Partido Comunista, retomaron la
planificación en detrimento del mercado y negaron la entrega de las
tierras en propiedad. Es decir, se insiste en la aplicación de un modelo
económico, político y social, que no ha funcionado en ninguna parte.
Hay que decir que, aunque el Decreto-Ley 259 carecía de los elementos
básicos para producir el vuelco que requería la agricultura, su
importancia consistió en el reconocimiento de que algo tenía que
cambiar. Sin embargo, ese algo, al soslayar la tenencia de la propiedad
en manos de los campesinos y supeditar la economía a la ideología, no
podía cumplir el propósito declarado.
El reciente Decreto-Ley 300 constituye un paso de avance en algunos
aspectos:
1- Antes se podía extender el área entregada desde una hasta tres
caballerías de tierra y ahora es extensible hasta cinco caballerías,
pero solo para aquellos que ya poseen tierras y estén vinculados a una
Granja Estatal con personalidad jurídica, Unidad Básica de Producción
Cooperativa (UBPC) o Cooperativa de Producción Agropecuaria (CPA).
2- La construcción de viviendas, almacenes y otras instalaciones, antes
prohibidas, ahora está permitida.
3- Brinda determinadas facilidades para la contratación de fuerza de
trabajo por medio de la ayuda familiar, trabajadores agropecuarios
eventuales y trabajadores de manera permanente.
Sin embargo, el acceso a insumos y servicios depende de que los
usufructuarios estén vinculados a las entidades agrícolas con
personalidad jurídica. Además, contiene una desventaja manifiesta para
las personas naturales en cuanto al término de duración del contrato y a
recibir en usufructo planes estatales de la ganadería genética y
comercial improductivos.
Tales limitaciones se encaminan hacia una insalvable contradicción:
hacer producir la tierra y a la vez evitar la formación de un
empresariado nacional.
A su vez el Decreto-Ley 300 no oculta la decisión de mantener el control
monopólico del Estado sobre la propiedad. En su artículo 11 reza que los
usufructuarios pueden integrarse como trabajadores a una granja estatal
con personalidad jurídica, o como cooperativista a una UBPC o a una CPA.
En esos casos, "el usufructuario le cede el derecho de usufructo sobre
las tierras y las bienhechurías a la entidad a la cual se integra, la
que evalúa la conveniencia o no de que aquel continúe trabajando esas
tierras".
Lo más significativo es que el usufructo, entendido como derecho a
disfrutar de un bien ajeno, no va a la raíz del problema. El mismo
encierra una gran contradicción: las tierras en manos del Estado
devienen ociosas, pero el que las hace producir está impedido de acceder
a su propiedad.
La subordinación de las leyes económicas a la ideología del poder,
explica tanto los fracasos precedentes como el intento de reparar las
decisiones anteriores con las recientes medidas. Se trata de cambios de
forma que conservan los factores esenciales que han condicionado el
atraso en la agricultura.
Su aspecto positivo radica en que, a pesar de las intenciones
gubernamentales, en un lento y tortuoso proceso contra viento y marea
muchos trabajadores del campo se van entrenando como futuros agentes de
un empresariado nacional.
Al final, las nuevas medidas, al carecer de la profundidad necesaria,
repiten con alguna que otra modificación, los fracasos precedentes. Y
esto permite asegurar que el Decreto-Ley 300 tampoco hará producir la
tierra y que, mientras eso no cambie, Cuba tendrá que seguir adquiriendo
a altísimos precios en el mercado internacional productos perfectamente
producibles en el país.
http://www.diariodecuba.com/cuba/14406-el-decreto-ley-300-tampoco-hara-producir-la-tierra
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