Título III de la Helms-Burton: "¿Para qué tener una ley que no se hace
cumplir?"
Rolando Cartaya
Suspendida por cada presidente desde 1996 para evitar miles de demandas
de cubanoamericanos por tráfico con expropiaciones en Cuba, la cláusula
debería aplicarse al menos contra firmas de EE.UU. que estén traficando
ahora en la isla con propiedades confiscadas... estadounidenses.
"Si hubiera una manera de litigar, lo haría", dice al diario Tampa Bay
Times Antonio Azorín descendiente de una familia cubana cuyas
propiedades ─una planta de fabricación de tubería para alcatarillados, y
una fábrica de ladrillos─ fueron confiscadas en Cuba sin compensación,
en nombre de la revolución de Fidel Castro.
El litigio que emprendería Azorín de hecho es legal: el Título III de la
Ley de Libertad y Solidaridad Democrática para Cuba de 1966, o
Helms-Burton, que codifica en una sola legislación todas las
disposiciones del embargo, permite a todos los estadounidenses entablar
un litigio civil en las cortes contra aquellos que trafiquen o se
beneficien de las propiedades que les arrebató el gobierno cubano. La
demanda puede radicarse contra este último o contra una empresa o
ciudadano privado.
Sin embargo, desde la administración de Bill Clinton, quien promulgó la
ley después del derribo de dos avionetas civiles de la organización
Hermanos al Rescate (por orden del entonces ministro de las Fuerzas
Armadas Revolucionarias, Raúl Castro), el Título III ha sido suspendido
cada seis meses por todos los presidentes de EE.UU., a fin de evitar una
nueva ola de reclamaciones en los tribunales.
Tras una negociación entre Clinton y el Congreso, a cambio del apoyo del
presidente a la Helms-Burton, se incluyó en la ley una excepción que
autorizaba al Primer Mandatario a suspender la controversial cláusula
por seis meses (renovable) si fuese necesario a los intereses nacionales
de EE.UU. o contribuyera a acelerar la transición democrática en la isla.
Título III complicaría normalización
Estados Unidos y Cuba acaban de celebrar en Washington D.C. una segunda
ronda de conversaciones sobre las reclamaciones mutuas, que ascienden
respectivamente a $8.000 millones al sumar los $ 1.900 millones
originales en propiedades estadounidenses confiscadas por Castro y los
intereses acumulados, y $ 300.000 millones por daños ocasionados por el
embargo, una cantidad que el vicecanciller de la isla, Abelardo Moreno,
que encabezó la delegación cubana, ha atribuido a una estimación de los
tribunales de la isla.
Sin embargo, las indemnizaciones que reclama Washington sólo incluyen
las demandas de empresas y ciudadanos de los Estados Unidos certificadas
por la Comisión de Ajuste de Reclamaciones en el Extranjero hasta el 6
de julio de 1972.
Mientras tanto, el Título Tercero de la ley Libertad extiende el derecho
a presentar demandas como ciudadanos de Estados Unidos a todos los
exiliados cubanos que eran ciudadanos cubanos en el momento de la
expropiación y que, sólo más tarde, después de haber emigrado a los
EE.UU., adquirieron la ciudadanía de este país.
Mientras que las empresas y ciudadanos de Estados Unidos en el momento
de la confiscación presentaron 5.913 reclamaciones certificadas contra
Cuba, se calcula que los exiliados cubanos que adquirieron la ciudadanía
estadounidense después de emigrar podrían radicar entre 300.000 y
400.000 demandas, lo cual complicaría aún más las ya difíciles
discusiones emprendidas con La Habana por la administración Obama para
zanjar el asunto, como parte del proceso de normalización de las relaciones.
El Tampa Bay Times señala que funcionarios del Departamento de Estado
anunciaron recientemente que el Ejecutivo renovaría la suspensión del
Título Tercero cuando expirara la suspensión anterior, el pasado domingo
31 de julio.
Estadounidenses traficando con propiedades... estadounidenses
El diario precisa que algunos perjudicados están pidiendo un
levantamiento de la prohibición de litigio al menos contra empresas
estadounidenses, ya que éstas están invirtiendo de nuevo en Cuba a
medida que las relaciones entre los dos países se normalizan.
"Las consecuencias no deseadas de esta apertura hacia Cuba son de largo
alcance", dijo al Times Javier García-Bengochea, un neurocirujano de
Jacksonville, Florida que ha testificado ante el Congreso a favor de que
se permitan las demandas autorizadas por el Título III solo en relación
con corporaciones estadounidenses.
Su familia poseía siete hectáreas de almacenes, tres muelles y una
estación de ferrocarril que estima tendrían un valor actual de casi $
180 millones. Todo fue "nacionalizado" sin compensación y ahora forma
parte del Puerto de Santiago de Cuba, operado por el gobierno.
"No podemos ignorar el hecho de que las empresas estadounidenses podrían
terminar traficando con bienes que pertenecen a ciudadanos
estadounidenses'', advierte García-Bengochea. "Eso sería un error".
Algunos expertos citados por el diario como Antonio Martínez II, un
abogado de Nueva York especializado en asuntos cubanos, creen que una
aplicación general del Título III podría convertirse en una pesadilla
judicial, al ser inundados de nuevos casos los tribunales civiles.
Otros como Jason Poblete, un abogado con bufete en Virginia,
especializado en la política EE.UU.-Cuba, sugieren que se permitan las
demandas de manera limitada, contra firmas estadounidenses. Según
Poblete, de esa manera los casos serían menos, y la medida obligaría a
los empresarios norteamericanos a investigar diligentemente la historia
de una propiedad o negocio en Cuba antes de invertir.
Mauricio Claver-Carone, director del Comité de Acción Política U.S.-Cuba
Democracy opina que la importancia del Título Tercero es mayor ahora,
debido a las excepciones al embargo puestas en práctica por la
administración Obama:
"A nadie le había pasado por la cabeza que un presidente de los EE.UU
permitiera que los derechos de un grupo de estadounidenses ─víctimas de
las confiscaciones de Castro─ fueran pisoteados con el fin de promover
los intereses empresariales de otro grupo de estadounidenses", dice
Claver-Carone, citado por el Tampa Bay Times. "Al hacerlo, se está
negando a las víctimas el debido proceso legal".
Azorín dice al respecto que, aunque le molesta que el gobierno cubano se
haya aprovechado del patrimonio de su familia, su ira se desbordaría si
se enterara de que una compañía estadounidense está invirtiendo en él.
"¿Para qué tener una ley que no se hace cumplir? No tiene sentido",
concluye diciendo.
Source: Título III de la Helms-Burton: "¿Para qué tener una ley que no
se hace cumplir?" -
http://www.martinoticias.com/a/titulo-3-de-la-helms-burton-para-que-tener-una-ley-que-no-se-hace-cumplir/127194.html
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