Exiliados cubanos podrán invertir en Cuba, salvo en salud, educación y
lo militar
El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del
Parlamento cubano, José Luis Toledo Santander adelanta detalles de la
Nueva Ley de Inversión.
martinoticias.com
marzo 26, 2014
El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del
Parlamento cubano, José Luis Toledo Santander, manifestó en La Habana
que en su artículo 20, la nueva Ley de Inversión Extranjera establece
que el Estado cubano permite la entrada de capital foráneo "que no
afecte la defensa y seguridad nacional, el patrimonio de la nación y el
medio ambiente", informó oncubamagazine.com en un artículo titulado
Cubanos residentes en el exterior podrán invertir en Cuba.
Según la fuente, las inversiones podrán ser autorizadas en todos los
sectores, con excepción de los servicios de salud y educación y las
instituciones armadas, y agrega que en la vigente Ley 77, que data de
1995, en su Capítulo II (inciso M, artículo 2), la Ley dice que el
inversionista extranjero es una "persona natural o jurídica con
domicilio y capital en el extranjero".
Esta definición incluye explícitamente a los cubanos residentes en el
exterior quienes podrán participar de las asociaciones económicas con
las mismas regulaciones que la Ley establece para ciudadanos de otras
nacionalidades.
El funcionario explicó que existe un listado de proyectos de inversión
con detalles de la documentación y los montos requeridos."Quienes deseen
podrán conocer las áreas de interés para el país", dijo.
"Contempla también bonificaciones impositivas y excepciones totales en
determinadas circunstancias, así como flexibilización en materia
aduanal, para potenciar la entrada de inversores", señaló.
Sobre el particular, Déborah Rivas, directora general de inversión del
Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, señaló que
las inversiones extranjeras gozarán de plena protección y seguridad
jurídica.
Rivas indicó que ha quedado establecido un sustancial aumento del pago a
los cubanos contratados por los inversores extranjeros, y dijo que las
inversiones no podrán ser expropiadas por el Estado, al no ser que se
realicen por motivos de utilidad pública o interés social, previamente
declarados por el Consejo de Ministros. Agregó, que si esto llegara a
ocurrir iría acompañado de una indemnización por el valor comercial
establecido, de mutuo acuerdo entre La Habana y los inversores.
Entre otras limitaciones del proyecto está la permanencia de una Agencia
empleadora que gestionará la contratación del personal para las
distintas modalidades empresariales autorizadas. No se permite la libre
contratación, salvo en casos excepcionales y con una autorización especial.
Pero habrá un sustancial incremento del pago a los cubanos contratados
por los inversores extranjeros.
La nueva Ley de Inversión Extranjera será sometida a discusión y
aprobación definitiva durante la Primera Sesión Extraordinaria de la
VIII Legislatura del órgano del Gobierno el sábado 29 de marzo.
Source: Exiliados cubanos podrán invertir en Cuba, salvo en salud,
educación y lo militar -
http://www.martinoticias.com/content/exiliados-cubanos-podr%c3%a1n-invertir-en-cuba-salvo-en-salud-y-educaci%c3%b3n-y-lo-militar/33389.html
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