Los trabajos siguen bloqueados por el gobierno
Quien quiera emplearse en una empresa extranjera, debe firmar un
contrato con una entidad empleadora estatal, intermediaria
lunes, abril 21, 2014 | Yusnaby
LA HABANA, Cuba.- ¿Estamos en el 2014? Debe haber algún error.
Estudiando la Resolución 16/2014 del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, asociada a la Ley de la Inversión Extranjera, me hice la misma
pregunta varias veces: ¿Estamos de vuelta a 1850, en plena era del
esclavismo? La Resolución indica que el trabajador (o "fuerza de
trabajo" como se denomina) no es más que un insumo adicional a
considerar en la productividad de nuestro país, con el que se
comercializa y se dispone sin que tenga voz ni voto en el proceso.
Para empezar, el trabajador que quiera emplearse en una empresa
extranjera, lo primero que tiene que hacer es firmar un contrato con una
entidad empleadora estatal, intermediaria, quien se encarga de buscarle
un puesto de trabajo.
En todo el proceso de contratación, la opinión del trabajador no se toma
en cuenta. La entidad estatal reclutadora es quien asigna el puesto de
trabajo al empleado, y quien pacta, con la parte extranjera, el salario;
al igual que las condiciones de promoción y de "estimulación". La
Resolución da a entender que el sindicato sí participará en las
negociaciones entre entidad estatal y extranjera, pero como se sabe, los
sindicatos en Cuba son estatales y los derechos que defienden no son
precisamente los de los trabajadores; de hecho, los grandes promotores
de despidos en Cuba son los propios sindicatos.
La oportunidad de prosperar para un trabajador cubano en una empresa
extranjera es reducida. Los sueldos serán en pesos cubanos no
equivalentes al dólar y se determinarán a partir de la escala de
salarios que se pacte. Ésta considerará la establecida actualmente y en
la que el salario máximo es de 650 pesos al mes (unos 26 dólares).
Anteriormente, los que trabajaban para empresas mixtas sobrevivían
gracias al "fondo de estimulación económica". Este fondo no es más que
un dinero extra que le paga directamente el empresario extranjero al
trabajador cubano (generalmente en dólares) con el objetivo de estimularle.
La nueva ley dispone que "el fondo de estimulación económica" sólo se le
autorizará a "algunas empresas" y el "estímulo" estará sujeto al
impuesto sobre la renta (con una tasa del 50% a quien gane más de 170
dólares al mes).
No todos los puestos en las empresas extranjeras se contratan mediante
la entidad estatal empleadora. La Resolución establece que "la autoridad
y órgano facultado" (Ministerio), designará aquellos puestos de
dirección, funcionarios y otros que desempeñen ocupaciones para las que
se exigen "requisitos de confiabilidad". Es decir, esos cargos son
otorgados a dedo, sin transparencia en su proceso de selección.
¿Cuáles son aquellas ocupaciones que requieren "confiabilidad"? En las
empresas mixtas de hoy, los puestos "designados" se conocen entre
emigrados extranjeros como "puestos floreros", con la única
responsabilidad real de controlar a los directivos extranjeros (y aquí
se entiende lo de "confiabilidad" para el chivateo).
Es importante hacer referencia al lenguaje utilizado en la Resolución.
Se habla de los trabajadores como si fuera que un señor feudal le presta
a otro ganado vacuno: "suministro de trabajadores", "devolución o
sustitución del trabajador". Los empleados ¿se suministran?, ¿se
sustituyen?, ¿se devuelven? ¿Qué son? ¿Materia prima?
Vista con detenimiento la Ley de Inversión Extranjera y la Resolución de
Trabajo y Seguridad Social, queda claro que el Gobierno de Cuba no tiene
nada de socialista. En un gobierno socialista, el "fondo de
estimulación" sería obligatorio para todas las empresas (no sujeto a
aprobación) para que los trabajadores puedan beneficiarse de los logros
de las empresas. Y por supuesto, los trabajadores jamás estarían
ausentes en las negociaciones.
No hay nada más parecido a un tratado esclavista.
Source: Los trabajos siguen bloqueados por el gobierno | Cubanet -
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